sábado, 24 de mayo de 2014

Algunas ideas para la Justicia de Paz

Vista de Albarracín (Teruel) sede de una Agrupación de Paz
que da servicio a 28 municipios y cerca de 7000 ciudadanos
La provincia de Teruel tiene 140.000 habitantes
y una extensión de casi 15.000 kilómetros cuadrados
3 veces Cantabria que tiene  cuatro veces la población de
Teruel
Uno de los damnificados por el anteproyecto de ley de LOPJ es la justicia de Paz. En la Disposición Transitoria décimo segunda  se establece la transferencia de sus competencias judiciales a los Juzgados de Primera instancia e instrucción según se trate y la continuación de sus funciones como Registro civil hasta la entrada en vigor de la Ley 20/2011, de 21 de julio (o ley que la sustituya o lo que quiera que esté preparando el Ministerio y sobre la que ya tuvimos ocasión de reflexionar en un post anterior). 

En cuanto a los funcionarios de Justicia destinados en estos Juzgados de paz y Agrupaciones pasan a estar adscritos al Servicio Común de Notificaciones y Embargos con sede en la que hasta la entrada en vigor de este anteproyecto de LOPJ fuera la cabecera de partido pudiéndose crear una unidad desplazada de este servicio común en la localidad sede del Juzgado de Paz previa decisión de la Administración competente. Es decir, el Juzgado de paz con sede en una población determinada dentro de la demarcación judicial pasa a ser una unidad del SCNE que mantendrá la sede si la Administración quiere. 

Una vez más, este Ministerio de Justicia opta por la decisión fácil, la de la tijera, en vez de aprovechar la infraestructura y el potencial del personal que sirve en estos órganos judiciales. Podemos estar de acuerdo en que, en los tiempos que corren la justicia debe profesionalizarse o, dicho de otro modo, si queremos que la Justicia mejore su eficiencia y su eficacia debe profesionalizarse y especializarse. Este planteamiento puede ser igualmente aplicable a la Justicia de Paz que puede transformarse en beneficio de los ciudadanos potenciando las funciones para las que fue creada. Ya no habría Juzgados de Paz pues no habría jueces pero se podrían denominar oficinas judiciales de paz. 

Presente en la organización judicial española desde la Constitución de Cádiz de 1812 en cuyo artículo 282 se establecía que "El alcalde de cada pueblo ejercerá en él el oficio de conciliador, y el que tenga que  demandar por negocios civiles o por injurias, deberá presentarse a él con este objeto", la Justicia de Paz en estos 200 años de existencia  ha pasado por algunas reformas como la de la Ley de enjuiciamiento civil de 1855 que separó la figura del Juez de Paz de la del Alcalde o la de la Ley orgánica de la Justicia 1870 que creó la distinción entre los Juzgados comarcales y los de Paz o la de Justicia municipal de 1944 que refundió ambos para crear los Juzgados de distrito o la de 1984 que los eliminó volviendo a dar protagonismo a los Juzgados de Paz y creando la figura de las Agrupaciones de Secretarías cuyo desarrollo ha sido bastante irregular en función de la voluntad de las CCAA. 

Por mucho que hayan mejorado las comunicaciones, en un territorio tan extenso como el español, con densidades de población tan bajas en algunas zonas la presencia de la Administración de Justicia no puede eliminarse de un plumazo como hace este anteproyecto de ley. La presencia de servicios en determinadas zonas es un factor de asentamiento de población necesario para el equilibrio territorial y para el sostenimiento del medio ambiente. Además, es un error muy grave desde el punto de vista político esconder la Administración de Justicia que sirve al tercer poder del Estado de la vida cotidiana de los ciudadanos de las poblaciones menos pobladas. Todo ello son razones que justifican la presencia de los Juzgados de Paz, o como queramos llamarles en el futuro, reforzados en sus funciones al servicio de los ciudadanos. 

Como siempre existe alguna alternativa que lamentablemente, parece que no se han planteado en la calle San Bernardo. Como ya he señalado, bajo mi punto de vista, esa alternativa pasan por volver a los orígenes de la Justicia de paz potenciando su función de mediación- conciliación. Resulta paradójico que siendo un concepto tan en boga, el de la mediación, incluso dentro del propio Ministerio de Justicia, se prescinda de él aplicado a la Justicia de paz cuando, como hemos visto, en su origen la Justicia de Paz nació con esta función mediadora o conciliadora. 

También se podría potenciar la Justicia de paz como oficinas de información al ciudadano, presentación y registro de documentos. Las nuevas tecnologías permiten el acceso y la presentación desde cualquier punto y al menos mientras la tasa de penetración de las mismas no mejoren los Juzgados de paz se podrían convertir en puntos de acceso a la red de la justicia en beneficio del ciudadano en trámites como comparecencias para conferir poderes o de otro tipo, presentación de demandas o solicitudes que no precisen Procurador y/o Abogado o incluso para favorecer el trabajo de estos profesionales...

Incluso se podrían realizar diligencias judiciales con los ciudadanos y comparecencias como por ejemplo los apoderamientos apud-acta y alguno más que si buscamos un poco en la ley seguro que salen a la luz más ejemplos. 

Otra función esencial para la Administración de Justicia que se presta y se puede prestar desde las Agrupaciones de paz es la de auxilio judicial como servicio común de notificaciones y embargos o incluso para la práctica de algunas diligencias que eviten al ciudadano traslados innecesarios. 

Por último, el Registro civil. Si, el Registro civil también. La digitalización del Registro civil y el programa INFOREG permiten ya acceder a cualquier inscripción digitalizada desde cualquier Registro civil conectado. Hay que profundizar en este proceso de modernización tecnológica del Registro civil y de los Juzgados de Paz con la colaboración de las tres administraciones implicadas: Ayuntamientos, CCAA y Estado porque al final el beneficiado es el ciudadano al que dicen servir. 

¿Y para llevar todo esto qué o quién?. Pues la solución vuelve a pasar por los funcionarios de Justicia de Gestión, Tramitación y Auxilio Judicial. Como ocurre con el Registro civil hay que aprovechar no sólo su formación y experiencia sino también su potencial para dar valor añadido al servicio público de la Administración de Justicia sin perder de vista como es natural el consiguiente reconocimiento retributivo y laboral que todo profesional merece. 

En este sentido, quizá habría que replantearse tanto la demarcación como las plantillas de estas oficinas judiciales de Paz.  Una idea sería comarcalizar su presencia homogeneizando su demarcación en toda España. Es un error grave de este anteproyecto la cesión que el Estado hace, al menos así lo establecía en el único borrador de ley de demarcación que conocemos, de la competencia de fijar la demarcación judicial por la vía de ceder a las CCAA la decisión de establecer o no sedes desplazadas de los Tribunales de Instancia o unidades de los servicios comunes tal y como hemos visto en la Disp. Transitoria 12ª del anteproyecto. Si la Administración de Justicia ha de ser homogénea, si la oficina judicial también debe serlo porque sirven a un poder único del Estado, mucho más debería ser la demarcación y la organización interna de los órganos judiciales incluidas las sedes desplazadas.  

Una revisión de la demarcación que conlleva una revisión de las plantillas de forma que desde una oficina judicial de Paz  servido por funcionarios de los tres cuerpos se prestara servicio a varios municipios bajo la supervisión del Juzgado o Tribunal cabecera de partido (en caso de que aún estemos a tiempo de evitar la barbaridad de los Tribunales de Instancia tal y como están planteados o de estos mismos si todo sigue como se plantea en el anteproyecto. 

Para terminar, solo me queda decir que estas ideas no son originales. El concepto de Justicia de proximidad se encuentra en el Pacto de Estado sobre la Justicia del año 2001 suscrito por PP y PSOE dentro del nuevo mapa judicial que se debía realizar para agilizar y acercar la Justicia al ciudadano ajustando la organización a la carga de trabajo existente en cada parte del territorio nacional. 

Por otro lado, en lo esencial de este artículo me he limitado a recoger las sugerencias y propuestas de la Comisión de Expertos para la nueva demarcación judicial que emitió un informe en el año 2009 a petición del Gobierno anterior. Esta comisión de expertos, que seguro saben bastante más que yo,  recomendaban de la creación de oficinas delegadas de registro, mediación y auxilio judicial con el argumento de que "la imprescindible superación del partido judicial no tiene por qué implicar la completa desaparición del servicio público de la Administración de Justicia" y su creación puede ser una oportunidad para ofrecer una sede institucional idónea para los instrumentos de mediación... permitiendo la genuina misión que los Juzgados de paz siempre han desempeñado.  

A este informe volveré cuando comente la "revolución" del mapa judicial que anuncia este anteproyecto que, a mi juicio, es una barbaridad  y sobre el que existen alternativas que respetando la idea de colegiación o, más bien, colectivización de la Justicia que es lo que se plantea en el anteproyecto de la LOPJ, no implican un alejamiento absoluto de la Justicia del ciudadano. 



jueves, 1 de mayo de 2014

Rumore, rumore sobre los Registros civiles

El Registro civil corre el riesgo de marearse de tantas vueltas que le está dando Gallardón. Acabará abriendo la puerta del coche en marcha y echando hasta la primera papilla sobre el sufrido ciudadano. En materia de Registro civil, una vez más, se ha perdido una legislatura y el mismo cálculo electoral que hay detrás del último retraso de la decisión ¿final? da muestras de que lo único que le importa a Gallardón es la política, su estatus y el de su partido, el servicio público se la trae al pairo. 

En vez de impulsar una profunda renovación del Registro civil aprovechando y confiando en el personal a su servicio; en vez de gestionar correctamente el servicio público, este Gobierno ha dedicado la legislatura, lo que va de ella, a arruinar y asfixiar al Registro civil (también a la Administración de Justicia) negándole los medios que precisa para luego, justificar su venta y privatización sobre un presunto mal funcionamiento. Es decir, el Ministro ha desistido de su responsabilidad y funciones en materia de Registro civil que asumió a la hora de jurar o prometer el cargo. 

Si el Registro civil no funciona es porque nadie se ha preocupado de actualizar sus plantillas, porque nadie se ha preocupado de establecer una organización moderna aprovechando el potencial del capital humano que trabaja en él y que distribuya las funciones y responsabilidades y las reconozca laboral y retributivamente. Porque nadie se ha preocupado de la formación específica de este personal más cuando su trabajo depende de la interpretación que la Dirección General de Registros y Notariado da a la ley y Reglamento del Registro civil que datan de mediados del siglo pasado. Porque nadie se ha preocupado de reformar en profundidad su normativa (salvo la ley de zapatero de 2011 que tenía algunas virtudes y que hasta el PP votó favorablemente) ni tampoco nadie se ha preocupado de ordenar, actualizar y sistematizar la actividad normativa de la Dirección General de Registros y del Notariado a través de la resolución de consultas y recursos o de la emisión de circulares e instrucciones que interpretan la vieja ley de 1957 y la adaptan a nuestro tiempo o de las sentencias judiciales en esta materia. No digamos de comunicar periódicamente estos cambios a los Registros civiles que deben aplicarlas. Existe esta información, sí pero no es completa, no está actualizada y sobre todo no llega a quien tiene que llegar, a los funcionarios del Registro civil. Otro ejemplo, en ningún momento se han normalizado las preguntas cuestionarios o pruebas que se formulan a los peticionarios de nacionalidad lo que facilitaría mucho el trabajo de los Registros civiles y de los Fiscales. Otro tanto ocurre con los expedientes matrimoniales. Como se puede observar estas tres cosas son fáciles de aplicar... si hay voluntad. 

Nadie se ha preocupado de informatizar el Registro civil (salvo los últimos años de zapatero con el INFOREG y la digitalización del las inscripciones desde el año 1950 por importe cercano a los 180 millones de euros de todos los españoles). Y no era muy complicado. Doy un dato: con la digitalización de los Registros civiles realizada en los últimos años y el programa INFOREG que está instalado en muchos Registros civiles, desde cualquier Registro civil de España se puede consultar una inscripción que conste en otro Registro civil. Se puede ver en pantalla la inscripción y se puede imprimir.... pero no sirve para nada pues la ley no permite que se pueda certificar desde ese Registro civil. En consecuencia, el ciudadano, si quiere obtener el documento público, debe acudir al Registro civil de origen de la inscripción. Todo cambiaría con una simple reforma legal que, por supuesto, ni Gallardón ni su equipo privatizador se han planteado... o sí que lo han hecho y se han callado porque, entonces, se les cae todo el tenderete privatizador. Como dijo Trillo,¡¡¡ manda huevos!!!.

Ojo, y nadie se ha preocupado no ahora, cuando no hay un euro sino cuando se gastaba a manos llenas en aeropuertos sin pasajeros, autopistas sin coches, teatros sin programación y que se caen a trozos, eventos mundiales varios etc...

Por eso, causa estupor por no decir indignación observar como el Ministerio saca pecho con su plan de nacionalidades, eso sí, sin contar los problemas que han surgido en materia de coordinación, compatibilidad informática e incluso de aplicación de criterios a la hora de conceder o no la nacionalidad. Y es vergonzoso porque el Ministerio de Justicia ha puesto más interés en que este plan funcione con los Registradores que de preocuparse de cómo podría funcionar con sus propios medios o de qué hacer para gestionar mejor el Registro civil y que funcione. Pero claro, esta medida es el pilar de su campaña de promoción de su proyecto de privatización. 

Un buen amigo me cuenta que el Ministerio de Justicia baraja entregar las nacionalidades a los notarios a cambio de un arancel de 90 euros y entregar el Registro civil a los Registradores imponiendo su gratuidad... por haber sido malos durante la negociación. No es la primera vez que el Ministerio dice que renuncia a los Registradores para luego volver a su idea inicial. Ya lo hizo tras la Asamblea de Zaragoza. Lo que choca es que en esta última ruptura se anunciara que el Registro civil iba estar en manos de varios cuerpos de funcionarios y que estaban explorando otras vías porque la renuncia a los Registradores no significaba que el Registro civil se quedara con funcionarios judiciales (una vez más, gracias Ministro por la confianza y el apoyo a sus funcionarios-  modo irónico on)

¿Puede hacerlo?. Pues, claro que sí. Al fin y al cabo los Registradores deben su existencia a la concesión de un monopolio legal sobre el ejercicio de una función pública y, en este sentido, están en manos del Gobierno de turno. Otra cosa es la fuerza que este colectivo ha demostrado en varias ocasiones y la influencia que, de hecho, ejercen en dentro de la Administración y que convertiría en inédita esta decisión. 

Y es que, si se confirma el desastre, habrá que estar muy atentos a la letra pequeña. El dinero aparecerá y lo hará más tarde o más temprano o de una forma directa (aranceles) o de una forma indirecta a traves de subvenciones a los colegios, pago por prestación de servicios nuevos (venta o cesión de los programas), pago por nuevos hechos registrales obligatorios o no obligatorios (domicilio, poderes etc... que ya están en la agenda) o nuevos negocios como la venta de datos registrales. 

Y un último dato, detrás de todo ésto también está la célebre Directiva de servicios de la UE que no permite este sistema de doble fe pública que existe en España y que, entre sus excepciones (en las que se permite el monopolio de una función) sólo están los Notarios. Esta directiva, entre otras cosas, lleva a convertir a estos funcionarios arancelarios en funcionarios con sueldo como han hecho otros países "de nuestro entorno" pero ésto no gusta nada y el Registro civil, aunque no guste, es la vía de escape.  

El gran engaño de la privatización del Registro civil  se consuma cuando asumimos sin más que con los Registradores todo funcionará mejor cuando el problema es que nada se ha hecho para que funcionen mejor los Registros civiles aprovechando el potencial de los empleados públicos que vienen sosteniendo el servicio desde hace décadas y lo hacen razonablemente bien teniendo en cuenta el desprecio que los sucesivos gobiernos han venido dispensando al Registro civil. 

Lo podrán privatizar pero no nos engañan. Al menos a mi, no.