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viernes, 5 de abril de 2019

El síndrome del carro y los bueyes en la Administración de Justicia



Nota.- Artículo publicado en confilegal.es el pasado 28 de octubre de 2018. Antes de la reforma de la LOPJ. Afortunadamente, la citada reforma que se publicó en el BOE del 29 de diciembre recogió la reforma del artículo 521 e introdujo medidas interesantes como la carrera profesional o las encaminadas a prevenir el abuso en la contratación temporal.


Dice el refranero popular que no se puede poner el carro delante de los bueyes. Los procesos de reforma, como el que afronta la Administración de Justicia, tienen sus pasos y su orden natural, que no puede ser alterado so pena de hace descarrilar el proyecto.

Por su parte, el diccionario de la RAE define síndrome, como conjunto de signos o fenómenos reveladores de una situación generalmente negativa.
 
En la Administración de Justicia este síndrome del carro y los bueyes está caracterizado por la inexistencia de participación, por la incapacidad de sacar a la Justicia del debate político, mientras todo el mundo está obsesionado con una falsa independencia que muy pocos quieren de verdad, por la ausencia de voluntad por sacar adelante un acuerdo global sobre la Justicia, para anotarse cada uno el tanto del gran reformador de nuestra Administración sobre la base de un falso liderazgo que no es tal.
Todo ello deriva en el continuo parcheo, en la urgente y precipitada toma de decisiones muchas veces inútiles o innecesarias y en el abuso de la imposición de medidas o “grandes” ideas.

Este síndrome afecta gravemente al proceso de modernización de la Justicia en todos sus ámbitos: tecnológico, organizativo y profesional.


jueves, 9 de junio de 2016

Catalá felicita a Jueces, Fiscales y Letrados por la revisión de las causas penales... ¿y al resto de la oficina?

Aunque no haya cifras oficiales y se manejen estimaciones del año 2014, a pesar de la polémica suscitada en los últimos días con peticiones de dimisión incluidas entre el Ministerio y la Fiscalía con asociaciones profesionales de ariete, ahora lo importante es cerrar filas y calmar los ánimos. Así, que enhorabuena a todos por el "magnífico" trabajo. 

Un momento, ¿a todos?.... No, a todos no. A los funcionarios de los Cuerpos generales que han intervenido en la recuperación, clasificación y remisión de estos expedientes a esos no. Una vez más sale a relucir uno de los principales handicaps de la modernización de la Justicia: el de no reconocer que el trabajo en las oficinas judiciales sale adelante con el esfuerzo y el trabajo de toda la oficina judicial. Esa idea de trabajo en equipo que está en el espíritu y en la letra de la NOJ-NOF y que se pierde en una idea corporativa de Justicia más propia del siglo XIX que del XXI. 

Y no sólo eso, es preciso reordenar las funciones dentro de la oficina judicial aprovechando el potencial de todos sus componentes, haciendo legal lo que ya es una realidad y es que no pocas veces los actos procesales se realizan de facto por personal que no tiene esa competencia reservándose tan solo la ficción de la firma lo que ralentiza sobremanera la tramitación de expedientes. Una reordenación de funciones unida a una reforma legal coherente que agilizaría la tramitación de los procedimientos y que permitiría mantener en la esfera de lo público todo el servicio de la Administración de Justicia en beneficio del ciudadano y de los propios funcionarios que verían reconocido su trabajo.   

jueves, 9 de octubre de 2014

Lesmes sigue preocupado con la idea de politización del CGPJ e insiste en la concentración de partidos judiciales

Parecen temas diversos pero tienen el mismo denominador se trata de las dos grandes reformas de Gallardón e materia judicial.

Por un lado, el cambio del sistema de elección de los vocales del Consejo. A este respecto hace bien el Presidente del Consejo en estar preocupado pues la reforma operada en el sistema de elección de vocales, además de estar en las antípodas de lo que el PP prometió en su programa electoral, no favorece, precisamente, que los ciudadanos tengamos una mejor opinión del Consejo General del Poder Judicial. 

En segundo lugar, Lesmes se muestra firme partidario de los Tribunales de Instancia algo que está detrás de esa concentración de partidos. Pero, el problema es que nadie ha argumentado porqué la justicia colegiada es mejor que la unipersonal. Los defensores de esta idea se limitan a decir que sería mejor pero no explican el porqué y un cambio tan radical de la Administración de Justicia en nuestro país exigiría un poco más de pedagogía y debate porque no se trata de imponer una organización judicial sino de ver si es o no apropiado y razonar porqué. Además, el proyecto de Gallardón de Justicia colegiada no es el único que existe. Basta con echar un vistazo a la doble primera instancia del tipo francés que sugirió, en 2011, la comisión de expertos para la reforma de la demarcación y planta.

Por otro lado, la reducción de partidos judiciales siempre ha estado en la mente del CGPJ con independencia de su composición. Recordemos la propuesta del año 2012 que suponía la eliminación de 232 partidos judiciales de un golpe. Una reforma bastante discutible aunque, todo hay que decirlo, estaba bastante más razonada que la que ahora se pretende. 

Además, ¿es sensato tener a la Administración de Justicia en una contínua convulsión reformista?. Reformar es bueno y a la Justicia de nuestro país le hace falta un buen cambio, pero cuando la NOJ y la NOF están como quien dice "en mantillas", cuando el expediente digital es una quimera y cuando los recursos siempre escasos, lo son ahora mucho más, exigen priorizar los objetivos; creo que es hora de ir a paso a paso y por su orden. 

Y una cuestión más, el Sr. Lesmes debería también preocuparse por el cambio en el régimen de imposición de costas en el orden contencioso administrativo que impide a los ciudadanos, especialmente a los funcionarios públicos en defensa de sus derechos laborales tan diezmados en los últimos años, acceder a la Justicia en condiciones de igualdad frente a la Administración pública que, además, cuenta con los privilegios de la presunción de legalidad y ejecutividad de sus actos.

Las disminución de pleitos en este orden jurisdiccional tiene mucho que ver con este lamentable cambio legal y no tanto con la ley de tasas y, alguien tendrá que poner el interés general y el derecho a la tutela judicial efectiva y al acceso a la justicia sobre el interés estadístico poniendo, entre otras cosas, los medios necesarios y removiendo obstáculos en vez de ponerlos en el camino de los sufridos ciudadanos. 

domingo, 15 de junio de 2014

Sobre el anteproyecto de LOPJ (I)

Acaba de salir el informe del Consejo Fiscal sobre el anteproyecto de Gallardón y, una vez más, no sale bien parado. Antes fueron el Tribunal Supremo, la Audiencia Nacional, los Jueces decanos, las asociaciones de jueces, las asociaciones de Secretarios, las organizaciones sindicales, los presidentes de TSJ que tienen como denominador común su descontento y desconfianza sobre las ideas que recoge para la Justicia este anteproyecto. Sólo falta el relevante informe del Consejo General del Poder Judicial que se prevé su debate en el pleno del día 26 de junio. Ante este panorama quizá lo más prudente sería replantear la reforma de la LOPJ con más calma y no continuar con la tramitación del texto propuesto por el Ministerio de Justicia.

En general nos se acaba de ver aspectos tan novedosos como polémicos como la jurisprudencia vinculante que va en contra del sistema de fuentes del Derecho español que se contiene en el Código civil y que considera a la jurisprudencia como complemento del ordenamiento jurídico a través de la doctrina reiterada del Tribunal Supremo. Tampoco se acaba de ver muy claro eso de la instrucción colegiada.

Tampoco se acaba de ver el especial interés que se pone en amordazar a los Jueces mientras los políticos padecen en su mayoría de incontinencia verbal e incluso de inviolabilidad por sus opiniones.

En cambio el tema del aforamiento está desenfocado. El problema no es que aforemos a la famlia real restringida sino que, en España, hay 10.000 personas aforadas. Vamos ni en la Edad Media de donde viene esta institución y otras muy singulares, había tanto aforado.

Nadie ve que esa instrucción por tres magistrados vaya a favorecer la celeridad en la terminación de la fase de preparación del juicio e investigación sino todo lo contrario y ni mucho menos que sea la solución para los "jueces estrella" que es el argumento utilizado por el Ministro en la rueda de prensa del pasado 4 de junio en Moncloa tras el Consejo de Ministros que aprobó el anteproyecto de ley. El problema de la instrucción penal, de algunos procedimientos que no de todos, es la complejidad y sofistificación creciente del mundo del delito que cuenta con muchos más medios que la Justicia para realizar su función. Es decir, a la Justicia le faltan medios personales y materiales (sigue pendiente el galimatías informático o la vergüenza de replicar ocho veces la infraestructura informática y que esos ocho programas no se entiendan entre sí). En cuanto a los "jueces estrella" si algunos responsables políticos evitaran meter la mano donde no deben, y me refiero tanto a la caja como a la creciente manipulación del Poder Judicial,  quizá no habría tanto juez estrella y todo se desarrollaría con la normalidad de una sociedad democrácticamente madura y desarrollada.

Pero es que tampoco se ve claro eso de la justicia colegiada y los Tribunales Provinciales de Instancia. Primero porque si se lee la ley la justicia no se colegia sino que se colectiviza pues los jueces van a poder seguir actuando de forma individual y de forma colectiva, más o menos como ahora. En definitiva, se va a replicar el sistema de juzgados y audiencia provincial (en materia de primera instancia) solo que en el seno de un Tribunal de Instancia de demarcación provincial.

Y es que una cosa es predicar y otra dar trigo. La implantación de los Tribunales de Instancia provinciales necesita dinero, mucho dinero y a este anteproyecto de ley no le acompaña una memoria económica que sería lo propio si hubiera una decisión firme. Las CCAA ya se han apresurado a decir que no hay dinero ni medios ni los habrá en el corto y medio plazo, para albergar todos los órganos judiciales en la capital de la provincia. En realidad, no hay nada nuevo bajo el sol. Once años después de aprobar la NOJ en la LOPJ de 2003 seguimos, a salvo del País Vasco, con experiencias piloto y el plazo de 6 meses que se daba en la primera redacción de ese año 2003 pronto se vio superado y eliminado por el concepto más laxo e impreciso pero, a la vez, más conveniente de las posibilidades técnicas y presupuestarias.

Por si fuera poco, esta demarcación judicial no termina de encajar con el diseño inacabado de la NOJ. En la nueva redacción las diferencias entre las UAD, a las que se le suprime su carácter de procesal cuando es ese el sentido principal de su existencia, y los servicios comunes; y entre éstos últimos entre sí. Esta circunstancia deja a la NOJ en una indefinición preocupante tanto para el buen funcionamiento de la Justicia como para la situación laboral de miles de funcionarios que no merecen ser tratados como muebles.

Y, sin olvidar que entre los planes de futuro está poner en manos del cuerpo jerarquizado de fiscales, la instrucción penal, lo que, sin duda afectará notablemente a la demarcación (en algún sitio habrá que colocar los fiscales instructores) y a la organización interna de la oficina. Muchos experimentos para algo tan sensible como es el servicio público esencial de la Administración de Justicia.

A la justicia en España le hace falta estabilidad. Los ciudadanos y quienes trabajamos en la Justicia no podemos estar a la espera de la idea feliz o más o menos ingeniosa que supone la "transformación de la Administración de Justicia para hacerla entrar en el siglo XXI". Expresión que por manida está empezando a ser ridícula al confrontarse con la precaria realidad. La NOJ tiene como virtud la racionalización de los recursos, permite desarrollar la idea de carrera profesional y el trabajo en equipo.

¿No sería más conveniente esperar a que se implante definitivamente la NOJ y concentrar todos los esfuerzos y recursos a esta tarea antes que distraer la atención con más experimentos?. ¿No sería mejor concentrar los esfuerzos en luchar contra la corrupción dotando de medios personales y materiales a los órganos judiciales antes que exportar figuras ajenas a nuestro sistema jurídico?.

Bajo mi punto de vista la clave de la transformación de la Administración de Justicia sólo se puede hacer desde la implantación de un sistema informático y telemático único o, al menos, realmente interconectado y de la penetración de las TIC en la sociedad; pues de esta circunstancia depende en gran medida las opciones que podamos tomar para organizar internamente las oficinas judiciales y la demarcación judicial. Antes de los TPI aplíquemonos en las TIC.






sábado, 24 de mayo de 2014

Algunas ideas para la Justicia de Paz

Vista de Albarracín (Teruel) sede de una Agrupación de Paz
que da servicio a 28 municipios y cerca de 7000 ciudadanos
La provincia de Teruel tiene 140.000 habitantes
y una extensión de casi 15.000 kilómetros cuadrados
3 veces Cantabria que tiene  cuatro veces la población de
Teruel
Uno de los damnificados por el anteproyecto de ley de LOPJ es la justicia de Paz. En la Disposición Transitoria décimo segunda  se establece la transferencia de sus competencias judiciales a los Juzgados de Primera instancia e instrucción según se trate y la continuación de sus funciones como Registro civil hasta la entrada en vigor de la Ley 20/2011, de 21 de julio (o ley que la sustituya o lo que quiera que esté preparando el Ministerio y sobre la que ya tuvimos ocasión de reflexionar en un post anterior). 

En cuanto a los funcionarios de Justicia destinados en estos Juzgados de paz y Agrupaciones pasan a estar adscritos al Servicio Común de Notificaciones y Embargos con sede en la que hasta la entrada en vigor de este anteproyecto de LOPJ fuera la cabecera de partido pudiéndose crear una unidad desplazada de este servicio común en la localidad sede del Juzgado de Paz previa decisión de la Administración competente. Es decir, el Juzgado de paz con sede en una población determinada dentro de la demarcación judicial pasa a ser una unidad del SCNE que mantendrá la sede si la Administración quiere. 

Una vez más, este Ministerio de Justicia opta por la decisión fácil, la de la tijera, en vez de aprovechar la infraestructura y el potencial del personal que sirve en estos órganos judiciales. Podemos estar de acuerdo en que, en los tiempos que corren la justicia debe profesionalizarse o, dicho de otro modo, si queremos que la Justicia mejore su eficiencia y su eficacia debe profesionalizarse y especializarse. Este planteamiento puede ser igualmente aplicable a la Justicia de Paz que puede transformarse en beneficio de los ciudadanos potenciando las funciones para las que fue creada. Ya no habría Juzgados de Paz pues no habría jueces pero se podrían denominar oficinas judiciales de paz. 

Presente en la organización judicial española desde la Constitución de Cádiz de 1812 en cuyo artículo 282 se establecía que "El alcalde de cada pueblo ejercerá en él el oficio de conciliador, y el que tenga que  demandar por negocios civiles o por injurias, deberá presentarse a él con este objeto", la Justicia de Paz en estos 200 años de existencia  ha pasado por algunas reformas como la de la Ley de enjuiciamiento civil de 1855 que separó la figura del Juez de Paz de la del Alcalde o la de la Ley orgánica de la Justicia 1870 que creó la distinción entre los Juzgados comarcales y los de Paz o la de Justicia municipal de 1944 que refundió ambos para crear los Juzgados de distrito o la de 1984 que los eliminó volviendo a dar protagonismo a los Juzgados de Paz y creando la figura de las Agrupaciones de Secretarías cuyo desarrollo ha sido bastante irregular en función de la voluntad de las CCAA. 

Por mucho que hayan mejorado las comunicaciones, en un territorio tan extenso como el español, con densidades de población tan bajas en algunas zonas la presencia de la Administración de Justicia no puede eliminarse de un plumazo como hace este anteproyecto de ley. La presencia de servicios en determinadas zonas es un factor de asentamiento de población necesario para el equilibrio territorial y para el sostenimiento del medio ambiente. Además, es un error muy grave desde el punto de vista político esconder la Administración de Justicia que sirve al tercer poder del Estado de la vida cotidiana de los ciudadanos de las poblaciones menos pobladas. Todo ello son razones que justifican la presencia de los Juzgados de Paz, o como queramos llamarles en el futuro, reforzados en sus funciones al servicio de los ciudadanos. 

Como siempre existe alguna alternativa que lamentablemente, parece que no se han planteado en la calle San Bernardo. Como ya he señalado, bajo mi punto de vista, esa alternativa pasan por volver a los orígenes de la Justicia de paz potenciando su función de mediación- conciliación. Resulta paradójico que siendo un concepto tan en boga, el de la mediación, incluso dentro del propio Ministerio de Justicia, se prescinda de él aplicado a la Justicia de paz cuando, como hemos visto, en su origen la Justicia de Paz nació con esta función mediadora o conciliadora. 

También se podría potenciar la Justicia de paz como oficinas de información al ciudadano, presentación y registro de documentos. Las nuevas tecnologías permiten el acceso y la presentación desde cualquier punto y al menos mientras la tasa de penetración de las mismas no mejoren los Juzgados de paz se podrían convertir en puntos de acceso a la red de la justicia en beneficio del ciudadano en trámites como comparecencias para conferir poderes o de otro tipo, presentación de demandas o solicitudes que no precisen Procurador y/o Abogado o incluso para favorecer el trabajo de estos profesionales...

Incluso se podrían realizar diligencias judiciales con los ciudadanos y comparecencias como por ejemplo los apoderamientos apud-acta y alguno más que si buscamos un poco en la ley seguro que salen a la luz más ejemplos. 

Otra función esencial para la Administración de Justicia que se presta y se puede prestar desde las Agrupaciones de paz es la de auxilio judicial como servicio común de notificaciones y embargos o incluso para la práctica de algunas diligencias que eviten al ciudadano traslados innecesarios. 

Por último, el Registro civil. Si, el Registro civil también. La digitalización del Registro civil y el programa INFOREG permiten ya acceder a cualquier inscripción digitalizada desde cualquier Registro civil conectado. Hay que profundizar en este proceso de modernización tecnológica del Registro civil y de los Juzgados de Paz con la colaboración de las tres administraciones implicadas: Ayuntamientos, CCAA y Estado porque al final el beneficiado es el ciudadano al que dicen servir. 

¿Y para llevar todo esto qué o quién?. Pues la solución vuelve a pasar por los funcionarios de Justicia de Gestión, Tramitación y Auxilio Judicial. Como ocurre con el Registro civil hay que aprovechar no sólo su formación y experiencia sino también su potencial para dar valor añadido al servicio público de la Administración de Justicia sin perder de vista como es natural el consiguiente reconocimiento retributivo y laboral que todo profesional merece. 

En este sentido, quizá habría que replantearse tanto la demarcación como las plantillas de estas oficinas judiciales de Paz.  Una idea sería comarcalizar su presencia homogeneizando su demarcación en toda España. Es un error grave de este anteproyecto la cesión que el Estado hace, al menos así lo establecía en el único borrador de ley de demarcación que conocemos, de la competencia de fijar la demarcación judicial por la vía de ceder a las CCAA la decisión de establecer o no sedes desplazadas de los Tribunales de Instancia o unidades de los servicios comunes tal y como hemos visto en la Disp. Transitoria 12ª del anteproyecto. Si la Administración de Justicia ha de ser homogénea, si la oficina judicial también debe serlo porque sirven a un poder único del Estado, mucho más debería ser la demarcación y la organización interna de los órganos judiciales incluidas las sedes desplazadas.  

Una revisión de la demarcación que conlleva una revisión de las plantillas de forma que desde una oficina judicial de Paz  servido por funcionarios de los tres cuerpos se prestara servicio a varios municipios bajo la supervisión del Juzgado o Tribunal cabecera de partido (en caso de que aún estemos a tiempo de evitar la barbaridad de los Tribunales de Instancia tal y como están planteados o de estos mismos si todo sigue como se plantea en el anteproyecto. 

Para terminar, solo me queda decir que estas ideas no son originales. El concepto de Justicia de proximidad se encuentra en el Pacto de Estado sobre la Justicia del año 2001 suscrito por PP y PSOE dentro del nuevo mapa judicial que se debía realizar para agilizar y acercar la Justicia al ciudadano ajustando la organización a la carga de trabajo existente en cada parte del territorio nacional. 

Por otro lado, en lo esencial de este artículo me he limitado a recoger las sugerencias y propuestas de la Comisión de Expertos para la nueva demarcación judicial que emitió un informe en el año 2009 a petición del Gobierno anterior. Esta comisión de expertos, que seguro saben bastante más que yo,  recomendaban de la creación de oficinas delegadas de registro, mediación y auxilio judicial con el argumento de que "la imprescindible superación del partido judicial no tiene por qué implicar la completa desaparición del servicio público de la Administración de Justicia" y su creación puede ser una oportunidad para ofrecer una sede institucional idónea para los instrumentos de mediación... permitiendo la genuina misión que los Juzgados de paz siempre han desempeñado.  

A este informe volveré cuando comente la "revolución" del mapa judicial que anuncia este anteproyecto que, a mi juicio, es una barbaridad  y sobre el que existen alternativas que respetando la idea de colegiación o, más bien, colectivización de la Justicia que es lo que se plantea en el anteproyecto de la LOPJ, no implican un alejamiento absoluto de la Justicia del ciudadano. 



martes, 1 de octubre de 2013

El presupuesto de Justicia se reducirá un 2,7%

El Ministro Gallardón no ha dejado de repetir que la crisis no va a ser obstáculo para hacer las reformas que la Justicia necesita. Se entiende que las que el cree que la Justicia necesita porque a veces, cuando hablamos, tendemos a asumir que todo el mundo piensa como uno, y no es así. No obstante, esa manifestación de voluntad realizada por el Ministro no se puede sostener en nuestra maltratada Administración de Justicia si no va respaldada por inversiones.

Que la Administración de Justicia necesita un cambio radical no lo niega casi nadie y uno de los puntos sobre los que debe girar el proceso de modernización es sin lugar a dudas las nuevas tecnologías. Más allá de que estemos o no de acuerdo con las reformas organizativas planteadas por el Ministro de Justicia, sin la existencia previa de una herramienta homogénea, fiable, rápida y eficiente de gestión procesal cualquier reforma esta abocada al fracaso. 

En estos momentos el galimatías informático de la Administración de Justicia se resume en la existencia de hasta ocho plataformas distintas de gestión procesal al calor de los traspasos de gestión de los medios materiales. Esta torre de babel supone un despilfarro inaceptable en los tiempos que corren y en los que corrieron hace unos años pero ya se sabe que como había dinero nadie se preocupaba de si se gastaba bien o no. Alguna de las aplicaciones informáticas de gestión procesal, como la del Ministerio tienen un funcionamiento, digamos, manifiestamente mejorable y la deseada y deseable interconexión entre los Juzgados y Tribunales españoles es una quimera. 

¿Qué se han hecho avances en materia de nuevas tecnologías?. Si pero la cuestión es si se han hecho los suficientes y si se han realizado en la buena dirección. Ahí ya hay más dudas. 

En resumen, la situación tecnológica de la Administración de Justicia dista mucho de lo ideal. Hace falta menos protagonismos territoriales y más sentido común para que, luego, las necesarias inversiones puedan surtir el efecto deseado. Lamentablemente, no será en 2014 cuando ocurra todo esto. El lío territorial no permite buscar puntos de encuentro y que el sentido común se abra paso en la conferencia sectorial de Justicia. Por otro lado, en los presupuestos  una de las partidas afectadas por los recortes de este año es precisamente la partida dedicada a las nuevas tecnologías.