viernes, 5 de abril de 2019

El síndrome del carro y los bueyes en la Administración de Justicia



Nota.- Artículo publicado en confilegal.es el pasado 28 de octubre de 2018. Antes de la reforma de la LOPJ. Afortunadamente, la citada reforma que se publicó en el BOE del 29 de diciembre recogió la reforma del artículo 521 e introdujo medidas interesantes como la carrera profesional o las encaminadas a prevenir el abuso en la contratación temporal.


Dice el refranero popular que no se puede poner el carro delante de los bueyes. Los procesos de reforma, como el que afronta la Administración de Justicia, tienen sus pasos y su orden natural, que no puede ser alterado so pena de hace descarrilar el proyecto.

Por su parte, el diccionario de la RAE define síndrome, como conjunto de signos o fenómenos reveladores de una situación generalmente negativa.
 
En la Administración de Justicia este síndrome del carro y los bueyes está caracterizado por la inexistencia de participación, por la incapacidad de sacar a la Justicia del debate político, mientras todo el mundo está obsesionado con una falsa independencia que muy pocos quieren de verdad, por la ausencia de voluntad por sacar adelante un acuerdo global sobre la Justicia, para anotarse cada uno el tanto del gran reformador de nuestra Administración sobre la base de un falso liderazgo que no es tal.
Todo ello deriva en el continuo parcheo, en la urgente y precipitada toma de decisiones muchas veces inútiles o innecesarias y en el abuso de la imposición de medidas o “grandes” ideas.

Este síndrome afecta gravemente al proceso de modernización de la Justicia en todos sus ámbitos: tecnológico, organizativo y profesional.



CENTROS DE DESTINO EN LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Veamos un ejemplo.
La reforma de los centros de destino en la Administración de Justicia contemplados en el artículo 521 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), recientemente aprobada en la Comisión de Justicia del Congreso, va a traer consecuencias muy negativas en las relaciones laborales entre las organizaciones sindicales y el Ministerio y al propio proceso de modernización de la Administración de Justicia.

Esta reforma del artículo 521 contempla la consideración del municipio, como único centro de destino del personal de Justicia y viene a sustituir al texto vigente que data del año 2010.
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Esta reforma, a simple vista, no parece que sea tan grave como para merecer un artículo como éste, ni una reacción tan airada de las organizaciones sindicales, con CSIF a la cabeza como primera fuerza sindical en la Administración de Justicia, pero si se profundiza un poco más en su contenido y repercusión tanto laboral como organizativa se comprende el cabreo y la preocupación.
A nuestro juicio, esta reforma es injusta en las formas, chapucera en su tramitación, innecesaria en su contenido y absurda por sus consecuencias negativas.

SIN NEGOCIACIÓN NO HAY CONFIANZA

Esta reforma es injusta en las formas y chapucera en su tramitación puesto que se ha tramitado hurtando el derecho de negociación colectiva que tienen todos y cada uno de los funcionarios y funcionarias de la Administración de Justicia y que se articula en la Mesa de negociación del Ministerio donde están representados los funcionarios del Cuerpo de Letrados, los funcionarios de los Cuerpos Generales y los de los Cuerpos Especiales.

CSIF siempre ha defendido la participación de los trabajadores en cualquier proceso de reforma de la Administración, siendo la negociación colectiva su mayor exponente.

Sin negociación no hay confianza y si mucha incertidumbre, lo que provoca, sin duda, tensiones que dificultan sobremanera ese proceso ansiado por todos.

Es muy discutible y de ahí que sea una chapuza que, en una proposición de ley que versa sobre la recuperación de derechos en materia de permisos y licencias, se presenten enmiendas que nada tienen que ver con esa materia, como la reforma de los centros de destino y se deje fuera, por ejemplo, la reforma del régimen de bajas por enfermedad regulada en el artículo 504, y que CSIF solicitó al propio Ministerio y a todos los Grupos que se incluyese en la citada reforma.

Corría el mes de noviembre de 2017, con Rafael Catalá al frente, cuando el Ministerio, después de pedirnos a todos (sindicatos y grupos parlamentarios), que no presentáramos propuestas de enmiendas, el último día se retratara presentado un “popurrí” de 53 enmiendas al texto de una proposición de ley que el mismo Ministerio había auspiciado.

El resultado fue que una modificación legislativa que se hubiera aprobado en dos meses (se presentó en octubre de 2017), aún esté tramitándose en el Congreso, obstaculizando la recuperación de esos derechos.

¿ERA NECESARIO CORRER?

Más de siete meses de bloqueo en la Comisión de Justicia durmiendo en algún cajón, hasta que un extraño acuerdo parlamentario entre el PP y Podemos, al que se ha sumado el PSOE, Esquerra Republicana y el Grupo parlamentario vasco, lo ha resucitado con el telón de fondo, como no, del CGPJ que no sabemos muy bien si va por el lado de los permisos o de las licencias…

En estos días un argumento que hemos escuchado, de varios parlamentarios, es que es necesario correr para que la reforma se pueda aprobar antes de diciembre y que los funcionarios (incluidos jueces y fiscales, por cierto) podamos disfrutar de esos permisos.

CSIF viene pidiendo desde que se presentaron las 53 enmiendas que se retiraran y fueran objeto de otra proposición o proyecto de ley para que no interfirieran en esta recuperación de permisos y licencias, en la que todos los grupos estaban de acuerdo. Si tenían la intención de no perjudicarnos en el disfrute de esos permisos y licencias bastaría con que nos hubieran hecho caso y ya los tendríamos.
La reforma de los centros de destino afecta directamente a las condiciones de trabajo del personal de Justicia en cuestiones básicas como la asignación de puestos de trabajo, concursos de traslado o la asignación de funciones y tareas entre otras.

En consecuencia, no es de recibo que el Ministerio de Justicia en su momento capitaneado por el Sr. Catalá, a través del Grupo parlamentario popular, presente esta iniciativa al margen de la Mesa de negociación, a hurtadillas y el último día del plazo.

UN APAÑO

Ahora se pretende arreglar el desaguisado aplazando la entrada en vigor de esta modificación supeditada a la negociación y aprobación de las normas reglamentarias que desarrollen esta previsión de centro de destino municipal único.

Pero, esta previsión, no deja de ser un apaño, pues toda negociación va a estar predeterminada por el marco espacial que establece ese tipo de centro de destino, cuya adopción debería haber sido sometida también a los procesos de consulta y negociación con las organizaciones sindicales por afectar, como he dicho, a las condiciones laborales del personal de Justicia.

Siendo grave la vulneración del derecho de negociación colectiva que, por otro lado, y lamentablemente, es marca de la casa, la reforma es innecesaria.

El propio Ministerio de Justicia ha manifestado a CSIF que no entra entre sus prioridades el establecimiento de este centro de destino municipal único, lo que, por otra parte, denota una falta de coordinación con el grupo parlamentario del partido socialista.

La misma previsión de aplazamiento de su entrada en vigor supeditada a la negociación de los reglamentos, habla claramente de su falta de necesidad.

En realidad, más del 85% de los puestos de trabajo de la Administración de Justicia quedan al margen de la aplicación directa de este artículo 521 LOPJ y se rige por los artículos 50, 51 y 52 del RD 249/1996, que establece un sistema de plantillas y no de relaciones de puestos de trabajo. El problema no es el centro de destino, sino que ese centro de destino no se puede aplicar por la falta de capacidad para implantar la oficina judicial y fiscal.

No obstante, se puede pensar, y así nos lo quisieron hacer creer, que ese cambio de centro de destino obedece a una necesidad real de contar con una herramienta de gestión de personal más eficaz, para equilibrar de forma flexible la asignación de recursos humanos de destinos supradotados a otros infradotados.

En palabras de un portavoz parlamentario, es necesario un traje más grande para poder gestionar los recursos humanos.

Pues bien, no es cierto. Desde el año 2003 fecha en la que se aprobó una reforma integral de la LOPJ son raras las ocasiones en las que las administraciones competentes han utilizado los recursos de gestión de personal que pone a su disposición la ley.

Desde el año 2014 está pendiente la adaptación de la dotación de las unidades procesales de apoyo directo, el denominado “balanceo”, tras la reforma de la orden que regula la dotación mínima de estas unidades que tiene por misión, conforme a su exposición de motivos, la de mejorar la asignación de personal a determinados destinos infradotados, sin que hasta el día de la fecha se haya llevado a efecto.

DESEQUILIBRIOS DE DOTACIÓN DE PERSONAL

CSIF no va a defender nunca la existencia de desequilibrios de dotación de personal entre órganos, oficinas y servicios judiciales, pero no va a tolerar ni que se introduzcan mecanismos arbitrarios de movilidad, ni que se pida un traje más grande cuando la Administración aún no se ha probado el que tiene.

En este sentido, el problema es la falta de capacidad o de determinación en las Administraciones para negociar esos procesos de movilidad tal y como dice la ley, evitando así el coste político.Pero ese es otro problema.

De todo lo anterior se puede deducir que la reforma es absurda.
Se está generando un conflicto en la Administración de Justicia por una modificación que se cuela de rondón en una reforma de la LOPJ sobre permisos y licencias, al margen de la mesa de negociación, que no es prioritaria para el Ministerio, de la que se pretende aplazar su entrada en vigor porque se reconoce que puede ocasionar problemas de coordinación normativa con los reglamentos de desarrollo y que no se puede aplicar a más del 85% de los destinos. ¿De verdad esto es sensato?

La pregunta que nos hacemos en CSIF surge de la falta de explicación sobre la razón o razones que impiden retirar esta enmienda a la redacción del artículo 521 LOPJ, que no es prioritaria ni necesaria en estos momentos, que se ha introducido vulnerando el derecho de negociación colectiva y que introduce una enorme incertidumbre a los 50.000 funcionarios de Justicia sobre el futuro de sus destinos.

¿Por qué se nos insiste en que si se elimina esta enmienda se cae todo el equilibrio de pactos en la Comisión de Justicia?

¿A qué estamos jugando?

En CSIF esperamos que detrás de estos pactos no haya razones de control político de la oficina judicial o que se pretenda sacrificar la necesaria e imperativa homogeneidad de las oficinas judiciales y fiscales en aras de otros acuerdos extraños a la Justicia. Y lo esperamos, pensando en el servicio público de la Administración de Justicia y en el derecho que tenemos todos los españoles a la igualdad en el acceso a la misma.

En CSIF percibimos, una vez más, que cuestiones organizativas y laborales son víctimas de apaños políticos que se disfrazan tras argumentos poco creíbles, convirtiendo modificaciones como la del centro de destino en una especie de signo de modernidad, de tótem que resuelve todos los problemas de la Justicia y que puede hacer olvidar el gran fracaso de unos políticos que son incapaces, legislatura tras legislatura, de sacar al tercer poder del estado y su organización del debate político, sacando adelante un verdadero, inclusivo, participativo, realista y duradero pacto por la Justicia o, como últimamente se le ha denominado, Estrategia nacional de Justicia.

NUESTRAS PROPUESTAS

En nuestra comparecencia en la subcomisión de Justicia hace unos meses, CSIF puso encima de la mesa varias propuestas en materia organizativa y de personal.

La principal es la apuesta que hay que hacer por el capital humano en una administración cada vez más tecnológica, donde se precisan funciones de más valor añadido que superan con creces las establecidas en los libros V y VI de la LOPJ.

Es imprescindible y, por supuesto, mucho más necesario que modificar el centro de destino, empezar a hablar sobre la reestructuración de los Cuerpos de funcionarios, los nuevos perfiles profesionales que una administración moderna exige y la redistribución de funciones dentro de la oficina, para hacer legal lo que ya es real y abrir la puerta al imprescindible y merecido reconocimiento laboral y retributivo.

Estos cambios, sin duda, mejorarán la calidad del servicio y la agilización de los procedimientos de forma casi inmediata…, pero nadie en el lado del Ministerio quiere abordarlos seriamente.

Con todo lo anterior, CSIFse ha dirigido y va a seguir haciéndolo a la Ministra y a los grupos parlamentarios apelando a su sentido común y a la sensatez para que se retire esa enmienda al artículo 521 LOPJ. En la reunión que mantuvo con las organizaciones sindicales, la Ministra Delgado se manifestó partidaria de la participación de todos en la modernización de la Justicia, de la negociación colectiva como mejor instrumento para canalizar esa participación en el ámbito laboral de la Mesa de negociación del Ministerio de Justicia, e incluso habló de la necesaria complicidad entre todos los operadores para sacar adelante la reforma.

De lo que se trata ahora, señora Delgado, es de aplicar esos principios, de poner los bueyes a tirar del carro y no al revés, que es una de las causas de que la modernización de la Justicia muera como idea de tanto usarla en los discursos y no arranque nunca como proyecto verdadero, realista, creíble, inclusivo, participativo y duradero.


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